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Seguimiento de Casos
Nombre del reclamante
Apellidos del reclamante
Rol del caso
¿Qué es un reclamante?
¿Qué es un reclamante?
Es la persona que presenta un Reclamo ante el Consejo para la Transparencia en contra de un organismo de la Administración del Estado, atendido a que se le ha denegado acceso a información pública o por haber denunciado que el organismo público no cumple con las normas de transparencia activa exigida por la Ley de Transparencia.
¿Qué es el rol?
¿Qué es el rol?
Es el número único que se le asigna a un caso ingresado ante el Consejo para la Transparencia y que permite su identificación para la tramitación y para consulta por parte del reclamante y del reclamado.
Institución reclamada
¿Qué es institución reclamada?
¿Qué es institución reclamada?
Es el organismo de la Administración del Estado que ha sido reclamado ante el Consejo para la Transparencia por denegación de acceso a información pública o por ser denunciado por no cumplir con las normas sobre transparencia activa que la Ley de Transparencia requiere.
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Ingresado desde
Ingresado hasta
Tipo Caso
Región reclamante
(-Todos-)
Amparo
Reclamo
(-Todas-)
I de Tarapacá
II de Antofagasta
III de Atacama
IV de Coquimbo
V de Valparaíso
VI del Libertador General Bernardo O'Higgins
VII del Maule
VIII del Biobío
IX de la Araucanía
X de los Lagos
XI Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
XII de Magallanes y Antártica Chilena
Metropolitana de Santiago
XIV de los Ríos
XV de Arica y Parinacota
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Página 1 de 3, resultados 1 al 20 de 56 casos.
1
2
3
Rol
Tipo Caso
Fecha Ingreso
Reclamante
Reclamado
Estado
Decisión
Resumen
C602-13
Amparo
07.05.2013
HELENA BALAREZO SARMIENTO
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Ingreso a unidad de admisibilidad
(?)
Ingreso a unidad de admisibilidad
Asignado un rol al caso, éste es recepcionado por la Unidad de Admisibilidad, la que a partir de los antecedentes determinará si el amparo presentado cumple o no con los requisitos establecido por ley para seguir su tramitación. En caso contrario, de no cumplir con los requisitos legales, se declarará inadmisible.
a) Si el amparo es declarado admisible, se deberá notificar al organismo de la Administración del Estado reclamado, como asimismo a los terceros cuyos derechos pudieran verse afectados con la posible entrega de la información requerida; ambos tendrán un plazo de 10 días hábiles dentro de los cuales podrán responder con los descargos y/u observaciones que correspondan de acuerdo al amparo presentado; b) El que un amparo presentado sea declarado inadmisible significa que la tramitación del mismo ante este Consejo para la Transparencia ha finalizado, por no cumplir con los requisitos legales para acogerlo a tramitación.
C570-13
Amparo
01.05.2013
LEONEL BARBA GONZÁLEZ
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Ingreso a unidad de admisibilidad
(?)
Ingreso a unidad de admisibilidad
Asignado un rol al caso, éste es recepcionado por la Unidad de Admisibilidad, la que a partir de los antecedentes determinará si el amparo presentado cumple o no con los requisitos establecido por ley para seguir su tramitación. En caso contrario, de no cumplir con los requisitos legales, se declarará inadmisible.
a) Si el amparo es declarado admisible, se deberá notificar al organismo de la Administración del Estado reclamado, como asimismo a los terceros cuyos derechos pudieran verse afectados con la posible entrega de la información requerida; ambos tendrán un plazo de 10 días hábiles dentro de los cuales podrán responder con los descargos y/u observaciones que correspondan de acuerdo al amparo presentado; b) El que un amparo presentado sea declarado inadmisible significa que la tramitación del mismo ante este Consejo para la Transparencia ha finalizado, por no cumplir con los requisitos legales para acogerlo a tramitación.
Solicita evaluación de desempeño de autoridad que ...
C229-13
Amparo
20.02.2013
ANA VALENCIA ANGULO
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
En acuerdo
(?)
En acuerdo
Revisados los antecedentes del caso y en base al informe elaborado por la Unidad de Reclamos, el Consejo Directivo delibera y adopta un acuerdo sobre el mismo. El acuerdo del Consejo podrá consistir en: a) Adoptar una decisión sobre el caso, ya sea: i. Acogiéndolo totalmente, indicando que toda la información requerida es pública y debe ser entregada al reclamante, por el órgano reclamado. ii. Acogiéndolo parcialmente, indicando que una parte de la información requerida es pública y debe ser entregada por el órgano reclamado y otra parte es de carácter reservada. iii. Rechazándolo, indicando que el Consejo, por diversas circunstancias (por ejemplo, se acoge alguna causal de reserva de la información que justifica que no sea entregada, o su entrega afecta derechos de terceros, etc.), estima que no se dan las condiciones necesarias para aceptar el reclamo planteado. b) Estimar que es necesario contar con mayores antecedentes, ante lo cual podrá decretar: i. Una medida para mejor resolver ii. Una Audiencia Pública iii. Determinar una profundización en el estudio del caso para una nueva vista.
Dependiendo del acuerdo del Consejo Directivo, se podrá adoptar una decisión o estimar que son necesarios mayores antecedentes. Debe distinguirse dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, significa que la decisión ha sido favorable al reclamante, por tanto podrá exigir la entrega de la información correspondiente; b) Si se rechaza, se da por terminado el procedimiento de amparo, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar un recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante.
Acoge Totalmente
Solicita copia íntegra del expediente de su caso a...
C230-13
Amparo
20.02.2013
ELISA PERALTA PERALTA
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
En acuerdo
(?)
En acuerdo
Revisados los antecedentes del caso y en base al informe elaborado por la Unidad de Reclamos, el Consejo Directivo delibera y adopta un acuerdo sobre el mismo. El acuerdo del Consejo podrá consistir en: a) Adoptar una decisión sobre el caso, ya sea: i. Acogiéndolo totalmente, indicando que toda la información requerida es pública y debe ser entregada al reclamante, por el órgano reclamado. ii. Acogiéndolo parcialmente, indicando que una parte de la información requerida es pública y debe ser entregada por el órgano reclamado y otra parte es de carácter reservada. iii. Rechazándolo, indicando que el Consejo, por diversas circunstancias (por ejemplo, se acoge alguna causal de reserva de la información que justifica que no sea entregada, o su entrega afecta derechos de terceros, etc.), estima que no se dan las condiciones necesarias para aceptar el reclamo planteado. b) Estimar que es necesario contar con mayores antecedentes, ante lo cual podrá decretar: i. Una medida para mejor resolver ii. Una Audiencia Pública iii. Determinar una profundización en el estudio del caso para una nueva vista.
Dependiendo del acuerdo del Consejo Directivo, se podrá adoptar una decisión o estimar que son necesarios mayores antecedentes. Debe distinguirse dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, significa que la decisión ha sido favorable al reclamante, por tanto podrá exigir la entrega de la información correspondiente; b) Si se rechaza, se da por terminado el procedimiento de amparo, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar un recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante.
Decisión de inadmisibilidad
Solicita copia de expediente migratorio que indica...
C218-13
Amparo
18.02.2013
DIDIER GIRÓN MOTATO
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
En acuerdo
(?)
En acuerdo
Revisados los antecedentes del caso y en base al informe elaborado por la Unidad de Reclamos, el Consejo Directivo delibera y adopta un acuerdo sobre el mismo. El acuerdo del Consejo podrá consistir en: a) Adoptar una decisión sobre el caso, ya sea: i. Acogiéndolo totalmente, indicando que toda la información requerida es pública y debe ser entregada al reclamante, por el órgano reclamado. ii. Acogiéndolo parcialmente, indicando que una parte de la información requerida es pública y debe ser entregada por el órgano reclamado y otra parte es de carácter reservada. iii. Rechazándolo, indicando que el Consejo, por diversas circunstancias (por ejemplo, se acoge alguna causal de reserva de la información que justifica que no sea entregada, o su entrega afecta derechos de terceros, etc.), estima que no se dan las condiciones necesarias para aceptar el reclamo planteado. b) Estimar que es necesario contar con mayores antecedentes, ante lo cual podrá decretar: i. Una medida para mejor resolver ii. Una Audiencia Pública iii. Determinar una profundización en el estudio del caso para una nueva vista.
Dependiendo del acuerdo del Consejo Directivo, se podrá adoptar una decisión o estimar que son necesarios mayores antecedentes. Debe distinguirse dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, significa que la decisión ha sido favorable al reclamante, por tanto podrá exigir la entrega de la información correspondiente; b) Si se rechaza, se da por terminado el procedimiento de amparo, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar un recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante.
Desistimiento
Solicita información relativa a proceso de solicit...
C158-13
Amparo
30.01.2013
VÍCTOR BARRÍA
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
En acuerdo
(?)
En acuerdo
Revisados los antecedentes del caso y en base al informe elaborado por la Unidad de Reclamos, el Consejo Directivo delibera y adopta un acuerdo sobre el mismo. El acuerdo del Consejo podrá consistir en: a) Adoptar una decisión sobre el caso, ya sea: i. Acogiéndolo totalmente, indicando que toda la información requerida es pública y debe ser entregada al reclamante, por el órgano reclamado. ii. Acogiéndolo parcialmente, indicando que una parte de la información requerida es pública y debe ser entregada por el órgano reclamado y otra parte es de carácter reservada. iii. Rechazándolo, indicando que el Consejo, por diversas circunstancias (por ejemplo, se acoge alguna causal de reserva de la información que justifica que no sea entregada, o su entrega afecta derechos de terceros, etc.), estima que no se dan las condiciones necesarias para aceptar el reclamo planteado. b) Estimar que es necesario contar con mayores antecedentes, ante lo cual podrá decretar: i. Una medida para mejor resolver ii. Una Audiencia Pública iii. Determinar una profundización en el estudio del caso para una nueva vista.
Dependiendo del acuerdo del Consejo Directivo, se podrá adoptar una decisión o estimar que son necesarios mayores antecedentes. Debe distinguirse dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, significa que la decisión ha sido favorable al reclamante, por tanto podrá exigir la entrega de la información correspondiente; b) Si se rechaza, se da por terminado el procedimiento de amparo, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar un recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante.
Decisión de inadmisibilidad
Solicita copia de expediente.
C1498-12
Amparo
18.10.2012
GRACE SCHMIDT MONJE
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Envío de notificación a intervinientes
(?)
Envío de notificación a intervinientes
Corresponde al envío de la comunicación a los intervinientes de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (reclamante, organismo reclamado y/o de los terceros en su caso) en un caso determinado. Para estos efectos se envía un oficio a través de una carta certificada que contiene el texto de la resolución a notificar.
Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
Decisión de inadmisibilidad
Solicita información sobre cámaras de vigilancia e...
C1459-12
Amparo
10.10.2012
VÍCTOR MELÉNDEZ MACKENZIE
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
En acuerdo
(?)
En acuerdo
Revisados los antecedentes del caso y en base al informe elaborado por la Unidad de Reclamos, el Consejo Directivo delibera y adopta un acuerdo sobre el mismo. El acuerdo del Consejo podrá consistir en: a) Adoptar una decisión sobre el caso, ya sea: i. Acogiéndolo totalmente, indicando que toda la información requerida es pública y debe ser entregada al reclamante, por el órgano reclamado. ii. Acogiéndolo parcialmente, indicando que una parte de la información requerida es pública y debe ser entregada por el órgano reclamado y otra parte es de carácter reservada. iii. Rechazándolo, indicando que el Consejo, por diversas circunstancias (por ejemplo, se acoge alguna causal de reserva de la información que justifica que no sea entregada, o su entrega afecta derechos de terceros, etc.), estima que no se dan las condiciones necesarias para aceptar el reclamo planteado. b) Estimar que es necesario contar con mayores antecedentes, ante lo cual podrá decretar: i. Una medida para mejor resolver ii. Una Audiencia Pública iii. Determinar una profundización en el estudio del caso para una nueva vista.
Dependiendo del acuerdo del Consejo Directivo, se podrá adoptar una decisión o estimar que son necesarios mayores antecedentes. Debe distinguirse dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, significa que la decisión ha sido favorable al reclamante, por tanto podrá exigir la entrega de la información correspondiente; b) Si se rechaza, se da por terminado el procedimiento de amparo, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar un recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante.
Acoge Totalmente
Solicita que se informe si el ciudadano argentino ...
C1249-12
Amparo
29.08.2012
MARTA AMU ORTÍZ
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Envío de notificación a intervinientes
(?)
Envío de notificación a intervinientes
Corresponde al envío de la comunicación a los intervinientes de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (reclamante, organismo reclamado y/o de los terceros en su caso) en un caso determinado. Para estos efectos se envía un oficio a través de una carta certificada que contiene el texto de la resolución a notificar.
Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
Decisión de inadmisibilidad
Solicita resolución que indica.
C1251-12
Amparo
29.08.2012
RODRIGO RIVERA CUEVAS
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Envío de notificación a intervinientes
(?)
Envío de notificación a intervinientes
Corresponde al envío de la comunicación a los intervinientes de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (reclamante, organismo reclamado y/o de los terceros en su caso) en un caso determinado. Para estos efectos se envía un oficio a través de una carta certificada que contiene el texto de la resolución a notificar.
Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
Decisión de inadmisibilidad
Solicita información respecto de la reforma del D....
C1013-12
Amparo
13.07.2012
JORGE JIMÉNEZ CÁRDENAS
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Envío de notificación a intervinientes
(?)
Envío de notificación a intervinientes
Corresponde al envío de la comunicación a los intervinientes de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (reclamante, organismo reclamado y/o de los terceros en su caso) en un caso determinado. Para estos efectos se envía un oficio a través de una carta certificada que contiene el texto de la resolución a notificar.
Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
Decisión de inadmisibilidad
Solicita información sobre prohibición de ingreso ...
C939-12
Amparo
28.06.2012
VALENTINA HORVATH GUTIÉRREZ
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Envío de notificación a intervinientes
(?)
Envío de notificación a intervinientes
Corresponde al envío de la comunicación a los intervinientes de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (reclamante, organismo reclamado y/o de los terceros en su caso) en un caso determinado. Para estos efectos se envía un oficio a través de una carta certificada que contiene el texto de la resolución a notificar.
Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
Acoge Totalmente
Solicita correos electrónicos del Sr. Ministro del...
C946-12
Amparo
25.06.2012
JUAN TRONCOSO CAMBIASO
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Envío de notificación a intervinientes
(?)
Envío de notificación a intervinientes
Corresponde al envío de la comunicación a los intervinientes de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (reclamante, organismo reclamado y/o de los terceros en su caso) en un caso determinado. Para estos efectos se envía un oficio a través de una carta certificada que contiene el texto de la resolución a notificar.
Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
Decisión de inadmisibilidad
Solicita información sobre requisitos de migracion...
C827-12
Amparo
05.06.2012
DANIEL ALERTE
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Envío de notificación a intervinientes
(?)
Envío de notificación a intervinientes
Corresponde al envío de la comunicación a los intervinientes de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (reclamante, organismo reclamado y/o de los terceros en su caso) en un caso determinado. Para estos efectos se envía un oficio a través de una carta certificada que contiene el texto de la resolución a notificar.
Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
Acoge Totalmente
Solicita expediente administrativo que indica.
C820-12
Amparo
01.06.2012
JUAN TRONCOSO CAMBIASO
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Envío de notificación a intervinientes
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Envío de notificación a intervinientes
Corresponde al envío de la comunicación a los intervinientes de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (reclamante, organismo reclamado y/o de los terceros en su caso) en un caso determinado. Para estos efectos se envía un oficio a través de una carta certificada que contiene el texto de la resolución a notificar.
Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
Acoge Totalmente
Solicita información sobre requisitos de migracion...
C775-12
Amparo
24.05.2012
JORGE MOLINA SANHUEZA
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
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Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
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C685-12
Amparo
07.05.2012
LUIS FERNÁNDEZ MARCET
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
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Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
Decisión de inadmisibilidad
Solicita conocer resultado de su solicitud de Pens...
C655-12
Amparo
30.04.2012
FREDY CARDONA LONDOÑO
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
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Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
Decisión de inadmisibilidad
Solicita copia de oficio que indica.
C565-12
Amparo
16.04.2012
GUIDO WILLIAMS OBREQUE
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
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Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
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Solicita información relacionada con planes de int...
C343-12
Amparo
08.03.2012
ALEJANDRO NAVARRO BRAIN
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
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Dependerá de lo decidido. Se distinguen dos casos: a) Si se acoge el amparo, ya sea total o parcialmente, el reclamante podrá exigir al órgano la entrega de la información correspondiente, una vez que haya vencido el plazo de 15 días corridos que se tiene para presentar el recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo ante la Corte de Apelaciones respectiva; b) Si se rechaza el amparo, se da por terminado el procedimiento, sin embargo, el reclamante tiene derecho a presentar el mencionado recurso de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del mismo plazo de 15 días.
Decisión de inadmisibilidad
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